Un hombre que conoce la corte domina sus gestos, sus ojos y su rostro; es profundo e impenetrable, disimula sus malos oficios, sonríe al enemigo, controla su irritación, disfraza sus pasiones, esconde el corazón, habla y actúa en contra de sus sentimientos. (Jean de la Bruyere)
Protocolo en otros paises
El respeto por otras culturas, religiones, formas de pensar, etc. es fundamental en nuestro trato con los demás. El mundo está muy comunicado, tanto a nivel tecnológico como a nivel físico (la gente viaja mucho más). Por ello es necesario conocer como comportarse en otros países, respetando sus costumbres, tradiciones y formas de actuar. No en todos los países las mismas cosas tienen un mismo significado, y los comportamientos correctos en unos pueden no ser bien vistos en otros.
Crimenes Internacionales
Les presento un nuevo artículo de Jordi Sellarés profesor de Derecho Internacional en la UB . No se lo pierdan. Castigar grandes crímenes del pasado. Una ilusión con una excepción: Camboya Hace una semana murió de viejo Ta Mok. Era uno de los dos acusados por el nuevo Tribunal Penal Mixto creado por un acuerdo internacional entre Camboya y Naciones Unidas. Un Tribunal (dos salas, una de primera instancia y otra en el Tribunal Supremo de Camboya) para juzgar los crímenes de lesa Humanidad cometidas por el Gobierno de los Khmeres Rojos en la entonces República Democrática de Kampuchea, entre 1975 y 1979. Un Tribunal que ha tardado 6 años en constituirse, y que probablemente no sirva para nada. Resultará difícil que condene a nadie un Tribunal en que la mayoría de los jueces es camboyana. Porque en Camboya, o los jueces carecen formación o experiencia (durante los Khmeres Rojos tener una cierta educación superior era motivo de ejecución), o los que hay eran miembros del partido comunista pro-vietnamita (hoy Partido Popular de Camboya) y por ello fieles servidores de la dirección del Partido y del Primer Ministro, Hun Sen, que prefería unas comisiones de reconciliación como las de Sudáfrica en lugar de un tribunal internacional. Además, los potenciales encausados son sólo los máximos dirigentes maoístas. Sino el propio Hun Sen y la mayoría de los de su partido podrían verse procesados. Los miembros del Gobierno de 1975 a 1979 son hoy octogenarios, con lo que su muerte natural puede terminar el juicio, las enfermedades suspenderlo, y ambas evitar las molestias para el Gobierno actual. Por si no fueran suficientes obstáculos, parece que no se puede acusar a muchos, por gozar de perdones reales (como Ieng Sary, número dos del Khmer Rojo, amnistiado por el Rey Sihanuk de modo preventivo en 1996) o por haber pactado su inmunidad al entregarse (caso de Khieu Sampan, el número tres del régimen Khmer Rojo). En el fondo, da la sensación que nadie desea realmente pasar cuentas. En Camboya, lo de la “recuperación de la memoria histórica” no interesa. A pesar que en Camboya murieron 1,7 millones de habitantes (de un país de 8 millones). Tampoco interesó a Naciones Unidas, que entre 1991 y 1993 administró el país, y para ofrecer una mínima estructura judicial, construyó una cárcel y creó una Fiscalía Especial internacional para Camboya. En 1993, meses antes de crear los Tribunales Internacionales de Yugoslavia o Ruanda. Pero no creó nunca un Tribunal Internacional de Camboya. Los detenidos por esa Fiscalía se podían contar con los dedos de una mano. Fueron capturados por delitos electorales en los comicios de 1993. No por haber intentado exterminar a todo aquel que no encajara con la ilusión rural, comunista, antiglobalizadora, de Pol Pot y los suyos, entre 1975 y 1979. Quizá la explicación de esta pasividad ante la impunidad del Khmer Rojo está en el “mea culpa” que muchos otros deberían entonar si se buscasen las raíces de esa masacre. El Khmer Rojo eliminó a chams –camboyanos musulmanes-, chinos y vietnamitas, buscaba un nuevo modelo de familia destruyendo la familia tradicional (literalmente, inculcando a los niños la conveniencia de la delación de sus padres o incluso su ejecución), luchaba contra las influencias perversas de la sociedad occidental y eliminaba cualquier resto de cultura o saber convencional por considerarlos elitistas y antidemocráticos. Puede, pues, que parte de responsabilidad sea de “intelectuales” occidentales. Noam Chomsky, en 1972, publicó en un libro la defensa de los Khmeres Rojos, y los presentaba como gente inmaculada y ejemplar. La Sorbona de París dió el título de Doctor a algunos de esos futuros dirigentes Khmer, por tesis en las que defendían la destrucción teórica del país que veinte años más tarde llevaron a la práctica. Los franceses dieron becas a ese grupo de amigos camboyanos. Con ellas estudiaron en París y asumieron su condición de “Gauche Divine” camboyana. Como la nuestra, se acabaron emparentando entre sí, y condujeron al país a la destrucción. Pero no a la suya personal. Sin embargo no hay deseos de recuperar esa otra “memoria histórica”. De ahí que la amnesia o la paciente espera del desenlace natural contraste con voluntades más próximas de recuperar el espíritu de una época más remota en el tiempo y pasar cuentas. ¿Raro, no? Jordi Sellarés Artículo de www.cosasdeladiplomacia.info/ editado por Francisco Polo.
Amnistía Internacional
Amnistía Internacional está realizando un llamamiento para alertar sobre la próxima lapidación de siete mujeres en la República Islámica de Irán. Para intentar detener estas ejecuciones necesita de su colaboración. Se trata de Parisa, Iran, Khayrieh, Kobra, Soghra y Fatemeh, mujeres cuyo delito ha sido el haber mantenido relaciones sexuales fuera del matrimonio. Delito castigado con la pena de muerte en dicho país. A este respecto la organización de defensa de los Derechos Humanos recuerda a Irán que “el Comité de Derechos Humanos de la ONU ha explicado claramente (en el caso Toonen contra Australia) que tratar el adulterio y la fornicación como delitos es contrario a las normas internacionales de derechos humanos y que, por tanto, la imposición de la pena de muerte por lapidación para castigar el adulterio constituye un incumplimiento del compromiso contraído por Irán en virtud del artículo 6.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, según el cual “solo podrá imponerse la pena de muerte por los más graves delitos””. ¿Cuándo va a acabar esto? Vía otromundoesposible. Este artículo es del blog www.cosasdeladiplomacia.info/ editado por Francisco Polo.