Cuando el 1 de diciembre Catherine Ashton asumía su nuevo nombramiento como alta representante para la Política Exterior y de Seguridad común (PESC) de la Unión Europea, la hasta entonces comisaria de Comercio iniciaba una responsabilidad sin precedentes en la historia de Europa. Por una parte, tomaba las riendas de la PESC en uno de los momentos de mayor confusión internacional de las últimas décadas. Por otra, iniciaba el ejercicio de esas responsabilidades con un conjunto de instrumentos que pocos ministros de asuntos exteriores han tenido a su alcance tanto por su poder real como por el desarrollo potencial de los mismos.
Más allá de la dificultad del contexto internacional, el principal desafío será la creación de una auténtica diplomacia de la UE: el Servicio Europeo de Acción Exterior. Este cuerpo diplomático de la Unión es una de las principales novedades del Tratado de Lisboa y se convertirá en la herramienta principal de trabajo de Ashton.
El Tratado de Lisboa, en su artículo 27.3 señala que “en el ejercicio de su mandato, el alto representante se apoyará en un servicio europeo de acción exterior. Este servicio trabajará en colaboración con los servicios diplomáticos de los Estados miembros y estará compuesto por funcionarios de los servicios competentes de la secretaría general del Consejo y de la Comisión y por personal en comisión de servicio de los servicios diplomáticos nacionales. La organización y el funcionamiento del Servicio Europeo de Acción Exterior se establecerán mediante decisión del Consejo, que se pronunciará a propuesta del alto representante, previa consulta al Parlamento Europeo y previa aprobación de la Comisión”.
Estudios de Política Exterior.