–La privatización del Registro Civil a favor de los registradores mercantiles va hacia un callejón sin salida
Jesús SEOANE CACHARRÓN, Doctor en Derecho Procesal y Secretario Judicial, Ex Presidente del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales
El Registro Civil solo puede encomendarse a funcionarios de la Administración del Estado para garantizar el derecho de los ciudadanos a la intimidad de las personas por exigencia de los arts. 10.1 y 18.1 CE, en armonía con el Derecho Comunitario y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, debiendo mantenerse en el ámbito judicial en garantía de aquel derecho al amparo del art. 117.4 del texto constitucional.Diario La Ley, Nº 8449, 29 de Diciembre de 2014
–La reforma del Registro Civil en España
Francisco Javier GÓMEZ GÁLLIGO, Director General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia
El proyecto de Ley CORA de Medidas de Reforma en la Administración de Justicia va a atribuir la llevanza de los registros civiles a los registradores de la propiedad y mercantiles, con la colaboración de notarios y juzgados de paz. Esto va a garantizar la eficiencia del Registro Civil, su digitalización y modernidad, superando el retraso actualmente existente. No cabe hablar de privatización dado el carácter de funcionarios públicos de los registradores y su dependencia funcional respecto del Ministerio de Justicia.Diario La Ley, Nº 8449, 29 de Diciembre de 2014
Nota: Véanse las disposiciones adicionales 21ª a 25ª de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, así como la entrada de este blog del día 17.10.2014.
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