Es imprescindible la presencia de los padres adoptantes.
Recomendación: Presentar la documentación en el consulado al menos 3 días antes de viajar.
Documentación necesaria:
- Formulario de solicitud de visado Schengen (4 copias debidamente cumplimentadas)
- Certificado de idoneidad -en español o con traducción oficial-, original o copia debidamente compulsada
- Sentencia judicial de adopción (2 copias)
- Registro civil de nacimiento biológico del menor (2 copias)
- Registro civil de nacimiento actualizado del menor (2 copias)
- Fotografías para visado 3 x 4 cms, fondo blanco (4 fotografías)
- Pasaporte colombiano del menor adoptado
Los registros civiles tanto biológicos como actualizados y la sentencia, deberán presentar la apostilla de la Haya legalizada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
La sentencia de adopción, antes de ser legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberá autenticarse en el Consejo de la Judicatura. (Calle 72 No. 7 – 96).
INSCRIPCIÓN DE UN MENOR ADOPTADO POR CIUDADANOS EXTRANJEROS CON RESIDENCIA LEGAL EN ESPAÑA
Además de la documentación anterior:
- Certificado médico
- Si se trata de un reagrupante que sea residente comunitario, documento que acredite que la adopción está constituida y surte los mismos efectos que en España.
- Copia del pasaporte del reagrupante y de la autorización de residencia renovada.
- Documento expedido por el Delegado/Subdelegado del Gobierno correspondiente, en el que conste que se cumple con lo exigido en el artículo 42 del reglamento de extranjería.
- Impreso de solicitud de visado Schengen (cuatro copias con cuatro fotografías).