Madrid, 22 de enero. El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Santiago Rojas Arroyo, fue el encargado de inaugurar la jornada ‘Invertir en Colombia’, organizada por El País. El director del diario madrileño, Javier Moreno, presentó al funcionario destacando el buen momento económico por el que está pasando Colombia. En el foro, al que acudieron más de 300 empresarios españoles interesados en invertir en el país, participaron también el presidente de la República, Juan Manuel Santos; el ex presidente del Gobierno español Felipe González; el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas; la presidenta de Proexport Colombia, María Claudia Lacouture; Iñigo Meirás, CEO de Ferrovial; Santiago Fernández Valbuena, presidente de Telefónica Latinoamérica; Rafael Villaseca, CEO de Gas Natural; Javier de Andrés, CEO de Indra y el escritor Santiago Gamboa. Durante su intervención, el ministro Rojas explicó que “Colombia es un modelo de apertura económica al mundo” y animó a las grandes empresas, pero también a las Pymes a explorar las oportunidades que ofrece el país como mercado y como ubicación estratégica para producir y exportar. “Las empresas que se instalen en Colombia tienen acceso a 1.400 millones de consumidores sin aranceles y con unas reglas claras”, aseguró el Ministro. También insistió en que el Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos está empeñado en continuar firmando acuerdos comerciales, que se sumen a los 13 ya existentes, que incluyen la Unión Europea, Estados Unidos, Brasil y Canadá. En su intervención el Ministro Rojas, recordó que Colombia ha sido destacada como un país amigable para hacer negocios en los tres últimos reportes de la clasificación del Doing Business, que cada año publica el Banco Mundial. “Entre el año 2000 y el 2013, el país ha crecido por encima de la media de Latinoamérica y mundial, la inflación está bajo control y el paro evoluciona a la baja”, aseguró. A lo largo de la jornada, los empresarios instalados en el país, también ofrecieron su testimonio, destacando las cifras económicas positivas, el crecimiento sostenido de la clase media en los últimos años, las instituciones sólidas, las reglas claras y una mano de obra altamente calificada. Santiago Fernández Valbuena, presidente de Telefónica Latinoamérica, afirmó durante el encuentro que “en Colombia nos sentimos comprendidos, bienvenidos y, sobre todo, respetados” y destacó la buena disposición del Gobierno y las instituciones. Rafael Villaseca, CEO de Gas Natural aseguró que “este país es una zona de gran dinamismo y un pilar de nuestro desarrollo de negocio”. La presidenta de Proexport Colombia, María Claudia Lacouture, presentó detalladamente los sectores en los cuales hay oportunidades para invertir, entre los que destaca las necesidades que tiene el país en materia de infraestructura vial, pero también dirigida al sector hotelero, BPO, software, telecomunicaciones, textiles, manufactura, agroindustria y prendas de vestir. Lacouture reiteró que el Gobierno colombiano está dispuesto a acompañar a las empresas extranjeras en su instalación en el país y también en su promoción nacional e internacional, “trabajamos a medida del inversionista. Sabemos que cada caso es diferente y por eso desarrollamos el sistema de facilitación de negocios, que nos permite solventar de manera rápida y eficaz cualquier obstáculo administrativo, de migración o de servicios básicos”, dijo. El Presidente Juan Manuel Santos participó en un conversatorio con el ex presidente español Felipe González y ofreció una conferencia magistral, para reiterar la invitación de Colombia a las empresas que quieran desarrollar sus negocios en el país. Proexport
Delitos por los cuales procede la extradición entre España y Colombia
Artículo 3 del Convenio de Extradición entre Colombia y España de 23 de julio de 1892 La extradición se concederá respecto de los individuos condenados ó acusados, como autores ó cómplices, de alguno de los crímenes siguientes: Homicidio, comprendiendo el asesinato, parricidio, envenenamiento, infanticidio y aborto. La tentativa de los crímenes especificados en el número anterior. Estupro, violación, rapto y atentados con violencia contra el pudor. Bigamia. Incendio ó inundación voluntaria en casas ó campos. Robo ó la sustracción con violencia de dinero, fondos, documentos ó cualquiera propiedad pública ó privada, y toda sustracción fraudulenta ejecutada con violencia, intimidación, horadamiento, fractura ó allanamiento de morada durante la noche. Secuestro ó detención de personas para exigir dinero del secuestrado, de su familia ó relacionados, ó para otro cualquier fin ilícito. Falsificación, expendición y circulación fraudulenta de documentos públicos ó privados. Falsificación ó suplantación de actos oficiales del Gobierno ó de la autoridad pública, inclusos los de los tribunales de justicia, ó la expendición y uso fraudulento de los mismos. La fabricación de moneda falsa, bien sea metálica ó en papel, títulos ó cupones falsos de la Deuda pública, billetes deBanco u otros valores de crédito, de sellos, timbre, papel sellado, cuños y marcas de administraciones del Estado y la expendición ó uso fraudulento de los mismos. Peculado y la sustracción ó malversación criminal de fondos públicos de una u otra Parte, cometida por empleados ó depositarios. La defraudación ó malversación criminal de caudales privados llevada a cabo por un banquero, comisionista, administrador, síndico, director, miembro, cajero ó empleado de una Sociedad, Compañía ó Empresa. El abuso de confianza y defraudación ejecutada por cualquiera persona dependiente, en detrimento de sus principales ó jefes. Bancarrota ó quiebra fraudulenta y fraudes cometidos en las quiebras. Ocultación, sustracción, sustitución ó corrupción de menor; usurpación del estado civil. El daño causado en los ferrocarriles y telégrafos, buques de vela ó de vapor, que pueda poner en peligro la vida de los pasajeros ó empleados. Los daños intencionales en diques, acueductos y obras de utilidad pública, así como los mismos actos respecto a la explosión de minas, máquinas de vapor, y el empleo criminal de sustancias explosivas, cuando de estos actos resulten peligros para la vida ó para la propiedad. Piratería, conforme al derecho de gentes. Destrucción ó pérdida de un buque, causada intencionalmente; conspiración y tentativa para conseguirlo, cuando hubiesen sido intentadas por cualesquiera personas en alta mar. Motín promovido por individuos de la tripulación u otras personas a bordo de un buque en alta mar, con el propósito de rebelarse contra la autoridad del capitán ó comandante de dicho buque, con cualquier fin ilícito, ó que por fraude ó violencia se apoderen ó traten de apoderarse del mismo. España tiene posibilidad de relacionarse mediante Tratados multilaterales o bilaterales de extradición con 71 países, de ellos 37 por ser Parte del Convenio Europeo de Extradición de 1957 (ratificado por España en 1982), 26 con Tratados bilaterales de extradición, la mayoría de ellos son países americanos, 8 más por aplicación de un antiguo Tratado de Extradición con Reino Unido de 1878. Por regla general, la mayoría de los Estados niegan la extradición de sus propios nacionales, Solamente hay siete estados que se han mostrado dispuestos a acordar la extradición de sus propios nacionales, a saber: México, Reino Unido, Estados Unidos, Argentina, República Dominicana, Uruguay y Colombia. Los demás niegan la extradición de sus nacionales e incluso tienen disposiciones constitucionales por las que se prohíbe. En cuanto al Derecho Internacional se establece la obligación de extraditar; pero cuando se trata de nacionales del Estado requerido la entrega se torna facultativa, queda a juicio del Estado, pero con la obligación subsidiaria, que en el caso que no se entregue, se enjuicie al nacional delincuente y comunicar el fallo al Estado requeriente. No se concede la extradición por delitos políticos, porque estos dejan de serlo al atravesar una frontera. En los últimos cinco años ninguno de los extranjeros pedidos por Colombia llegó al país. En cambio, en el mismo periodo, 930 nacionales y 132 extranjeros salieron del país a pagar por sus delitos en otras latitudes. El Ministerio de Justicia de Colombia ha solicitado 81 extradiciones a diferentes países desde el 2005, pero solo 15 de ellas han sido efectivas, y en todos los casos los extraditados eran colombianos. De esas 81 peticiones, 20 ya denegadas oficialmente eran por delitos tan graves como terrorismo, homicidio y abuso sexual. Hay casos emblemáticos, como el del mercenario israelí Yair Klein, que no fue entregado por Rusia porque la Corte Europea de Derechos Humanos decidió que no tenía garantías en Colombia. Paradójicamente, Klein fue uno de los padres de los grupos paramilitares, responsables de miles de crímenes contra los derechos humanos en el país. En esa lista está también el médico ecuatoriano Gustavo Manuel Montero, investigado por abusar sexualmente de una colombiana de 19 años en La Unión (Nariño). El Gobierno del vecino país ya les notificó a las autoridades nacionales que no lo extraditará. Chile también negó a comienzos del año la extradición de Manuel Olate, solicitado por sus presuntos nexos con las FARC. 9 de cada 10 extraditados colombianos se juzgan por narcotráfico. Ministerio de Justicia de Colombia
España y Colombia exploran que sus embajadas tengan funcionarios del otro país
Los Gobiernos de España y Colombia exploran la posibilidad de mayor colaboración diplomática, de manera que la embajada de uno de los dos países en un Estado pueda tener representantes del otro, aunque el tema todavía está en un fase incipiente. Colombia forma parte de la llamada Alianza del Pacífico junto a México, Perú y Chile y entre esos cuatro países ya empezó a funcionar hace meses la fórmula de que en determinadas embajadas de uno de los cuatro países se pueden integrar diplomáticos de otros. Carrillo dijo hoy que ese mecanismo, que se aplica en países africanos, ha empezado a hablarse con el Ministerio de Asuntos Exteriores español y se mostró convencido de que en el futuro los dos Estados “compartirán” embajadas, aunque por el momento el asunto no está definido. La Alianza del Pacífico es un bloque con 210 millones de habitantes constituido formalmente en junio de 2012 con el objetivo de la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas. En su intervención el embajador Carrillo volvió a agradecer las gestiones del Gobierno español en favor de la exención de visados para estancias de corta duración en Europa a los ciudadanos colombianos y peruanos. No quiso concretar cuándo puede empezar a aplicarse esa exención de visados y recordó que el acuerdo político entre los socios de la Unión Europea ya está alcanzado y faltan los aspectos técnicos. Dijo que sería deseable que todo estuviera cerrado antes de las elecciones al Parlamento Europeo, que se celebrarán a finales de mayo. Los países europeos del llamado Espacio Schengen, que permite la libre circulación de personas, no exigen visado a mexicanos y chilenos, por lo que la permanencia de ese requisito para colombianos y peruanos, que integran la Alianza del Pacífico, es una “anomalía”, en palabras del embajador.
Embajador de España explica a empresarios gran plan de obras
El embajador de Colombia en España, Fernando Carrillo, explicó en un foro empresarial (Madrid 05/02/2014) el amplio plan de construcción de infraestructuras y las reformas políticas y económicas de los últimos años para garantizar la seguridad jurídica de las inversiones. Carrillo fue el invitado del Foro Nueva Economía, al que asisten representantes de empresas, pero también diplomáticos y periodistas y fue presentado por el ministro español de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. En ese ámbito, el embajador, extitular de las carteras de Justicia y de Interior, recordó que está en marcha un gran plan de infraestructuras para varios años, que cifró en 30.000 millones de dólares y que supone la construcción de instalaciones de energía, vías férreas, autopistas, actuaciones en puertos y la navegabilidad del río Magdalena, entre otros proyectos. Hizo hincapié en que los indicadores de Colombia, con un crecimiento medio del cuatro por ciento anual en los últimos ejercicios, hacen interesante la presencia de inversores extranjeros, unido a las normas que garantizan la seguridad de las inversiones. En este punto recordó que el actual proceso de paz entre el Gobierno del presidente Juan Manuel Santos y la guerrilla de las FARC podría suponer, si fructifica, entre un punto y un punto y medio adicional de crecimiento del Producto Interior Bruto. “La calidad de vida está ligada al desarrollo de las infraestructuras, a la mejora de la educación y la sanidad”, dijo el embajador. En su presentación, el ministro español de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, afirmó que Colombia es “una referencia internacional de primer orden” para España y elogió los esfuerzos por superar el terrorismo y consolidar la convivencia democrática. Ruiz-Gallardón recordó que en España residen unos 400.000 colombianos y que desde el año 2000 han obtenido la nacionalidad española unos 170.000. En la clausura tomó la palabra el presidente de la constructora OHL, Juan Miguel Villar Mir, quien destacó las tasas de crecimiento de Colombia en estos años y su posición geográfica, que da a los océanos Atlántico y Pacífico. Villar Mir afirmó que OHL construye el tranvía de Medellín y un complejo hidroeléctrico y se ha presentado a la licitación de doce carreteras en el país. EFE
Pasaportes españoles
Los españoles inscritos como residentes en el Registro de Matrícula Consular, podrán solicitar pasaporte ordinario (R.D. 896/2003). Para ello, deberán aportar la siguiente documentación: IMPRESO DE SOLICITUD DE PASAPORTE (Debidamente cumplimentado) REQUISITOS SOLICITUD PASAPORTES Previamente, se deberá ingresar la tasa consular para pasaportes, válida desde el 1 de enero de 2014: $ 68.300 pesos colombianos en cualquier sucursal del banco BBVA, en la cuenta: 171-001536-5 El plazo mínimo de entrega de los pasaportes será de 40 días, salvo casos puntuales. No obstante, se recomienda iniciar el trámite de renovación 90 días antes de la caducidad del pasaporte. Los españoles residentes en Colombia que quieran tramitar su pasaporte ordinario en España y que no tengan Documento Nacional de Identidad, deberán obtener previamente, en su correspondiente registro de matrícula consular, el Certificado literal de Nacimiento (expedido a sólo efecto de obtención del D.N.I.) y una certificación acreditativa de su domicilio en la demarcación consular
UE confirma eliminación de visa para colombianos (Bogotá, febrero 4 de 2014)
La fecha en que se haría vigente la medida depende de procedimientos legislativos y administrativos, pero la decisión política ha sido adoptada. (Bogotá, febrero 4 de 2014) – Sin anunciar aún la fecha en que se hará efectiva la medida, la Unión Europea (UE) confirmó hoy la eliminación de visa para los colombianos y peruanos que quieran ingresar a los 26 países que hacen parte del espacio Schengen. “La decisión adoptada hoy ratifica la voluntad política de la UE para eliminar la exigencia de visa a los colombianos y es la luz verde para iniciar el proceso legislativo que permitirá implementar la medida próximamente”, explicó la Embajadora de la Unión Europea en Colombia, María Antonia van Gool. “Es una ilustración de confianza mutua y voluntad de seguir trabajando juntos. Desafortunadamente no podemos dar aún una fecha exacta de a partir de cuándo se podrá ingresar sin visa a los países del espacio Schengen porque aún es necesario efectuar actos legislativos e institucionales”, confirmó la Embajadora Van Gool. En efecto, después de la ratificación de la voluntad política adoptada hoy, queda pendiente el procedimiento legislativo que implica la adopción de un reglamento por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE. Después de los procedimientos propios de la Unión Europea, es necesario negociar un acuerdo bilateral con el gobierno de Colombia para que la exoneración de los visados se vuelva efectiva. Por estas razones es difícil dar una fecha exacta de cuándo colombianos y peruanos podrán beneficiarse de una entrada de corta duración al espacio Schengen sin visa. Así mismo, aparte de los procedimientos institucionales por efectuar hay que tener en cuenta que este año el Parlamento Europeo tendrá elecciones entre el 22 y el 25 de mayo próximo. “O sea, habrá unos meses en que el Parlamento no se reúne que puede en el tiempo afectar la rapidez del proceso que nos espera”, puntualizó la Embajadora. Cabe aclarar que los 26 estados Schengen son 22 países de la Unión Europea*: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Suecia, República Checa, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Grecia y cuatro más no miembros de la UE: Suiza, Noruega, Islandia, Liechtenstein. *Bulgaria, Chipre, Croacia, Irlanda, Reino Unido y Rumania, miembros de la UE no hacen parte del espacio Schengen. Delegación de la Unión Europea en Colombia
Matrimonio en el extranjero de español con ciudadano extranjero
Cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España: Ante el juez, alcalde o funcionario señalado por el Código Civil En la forma religiosa legalmente prevista También podrá contraer matrimonio fuera de España con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración. Solamente puede celebrarse un matrimonio consular cuando al menos uno de los contrayentes es español y si las leyes y reglamentos del estado receptor no se oponen. No puedes casarte en el consulado español del país del que sea nacional tu pareja. Dicho esto, para que sea válido tu matrimonio en España es necesario que procedas a su registro ante Autoridad Española. Se analizará que vuestro matrimonio no es un “matrimonio por conveniencia”. El REGISTRO se puede hacer de dos maneras: a) Registrar el matrimonio en la embajada o consulado de España en el pais de tu pareja (dónde habeis celebrado el matrimonio) b) Registrar el matrimonio directamente en España en el Registro Civil Central de Madrid o en el Registro Civil de la localidad donde tu estés empadronada. CONSEJO: Es mejor hacerlo en la opcion A, es decir en el consulado o embajada española del pais extranjero,debido a que será ella la encargada de supervisar el matrimonio y analizar la legalidad del mismo. Por lo tanto si lo registrais en españa se dilatan los tiempos porque la documentacion se remitirá al consulado del lugar de celebración. Asi que mejor, directamente registrarlo donde lo habeis celebrado. Documentación para presentar en el Consulado español Para el español: * Partida de Nacimiento * Fe de Estado y soltería * Certificado de empadronamiento * DNI original y fotocopia * PASAPORTE original y fotocopia de TODAS las hojas (aunque estén vacias) * 2 fotos tamaño carnet Para el extranjero: * Acta de nacimiento * acta de soltería * Cedula de identificacion original y fotocopia (es decir el equivalente argelino del DNI) * PASAPORTE original y fotocopia de TODAS las hojas (aunque estén vacias) * 2 fotos tamaño carnet. Documentos comunes: * Formulario de solicitud de inscripcion de Matrimonio debidamente rellenado ( modelo de solicitud que de te dan en la misma embajada). * Acta de Matrimonio in extensa, legalizada por las autoridades del lugar de celebracion (es decir, el documento que acredite que habeís celebrado el matrimonio de forma legal). ENTREVISTA PERSONAL Una vez presentados los documentos, os darán cita y hora para que el extranjero se persone en el consulado o embajada para una entrevista personal. Una vez realizada está entrevista te llamarán a ti para que realices la entrevista (si estás en españa, en españa) Otra posibilidad es que al llevar la documentacion exijais que la entrevista sea conjunta si los dos estais allí. Si lo haceis de forma conjunta podeís hacer que no se dilaten tanto los tiempos de espera. Una vez hechas las entrevistas serán contrastadas por el Embajador o Consul y decidirá si es aprobado ese matrimonio o no.Una vez aprobado se os citará para que vayais a recoger el LIBRO DE FAMILIA a partir de aqui ya todo va a ir bien. Ya teneis libro de familia, ya sois un matrimonio con plena validez jurídica en España. A partir de julio de 2014 desaparece el Libro de Familia tal y como lo conocemos. En el caso de que querais fijar vuestra residencia en España y tu estés en españa el siguiente paso es SOLICITAR VISADO POR AGRUPACION FAMILIAR DOCUMENTACION A PRESENTAR: * Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y con fotografia tamaño carnet estampada (lo proporcionan en la embajada este formulario)* Pasaporte original del extranjero con vigencia mínima de 4 meses y fotocopia de la pagina donde aparecen los datos personales* equivalente al dni del extranjero* certificado de empadronmiento del español (lo consigues tu en tu ayuntamiento español y es gratis)* Libro de familia* tu DNI o en su defecto fotocopia legalizada (no vale compulsa de la policia española, es necesario que lo selle un notario español). Una vez presentado la concesion de visado tarda 2-3 semanas. Una vez que tenga la visa, el extranjero ya puede entrar legalmente en españa. Cuando él llegue a España deberá de presentar el MODELO OFICIAL EX-16 para solicitar la TARJETA DE EXTRANJERO. 1º.- la boda en la forma legal extranjera (que te pedirán a ti y al extranjero nacional de ese pais) documentación para poder casaros. Esa documentación es una documentación específica de la que deberás informarte porque varía según cada pais. Foro Jurídico
Censo Electoral para españoles residentes en Colombia
Las elecciones al Parlamento Europeo de 2014 en España se celebrarán previsiblemente el 25 de mayo de 2014. De acuerdo con el Tratado de Lisboa de 2007, en vigor, España mantendrá los 54 diputados de que dispone en la actualidad. De acuerdo con las leyes y los tratados firmados por España, en dichas elecciones, organizadas por el Ministerio del Interior y convocadas por el Rey, a propuesta del presidente del Gobierno, se elegirán los representantes de la ciudadanía española en el Parlamento Europeo. 1.- Los españoles residentes en Colombia podrán votar en las Elecciones que se convoquen a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas españolas, al Parlamento Español y al Parlamento Europeo siempre y cuando estén registrados en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) en el periodo del proceso. 2.- Los españoles residentes en Colombia que lleguen a la mayoría de edad (18 años) para su inclusión automática en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) deberán tener sus datos actualizados. 3.- Los españoles residentes en Colombia que se encuentren temporalmente en España Si alguno de los electores del CERA se encuentran temporalmente en España durante el proceso electoral, podrán solicitar (al igual que los residentes en el territorio nacional) el voto por correo a partir de la fecha de la convocatoria, sin que ello suponga su baja en el CERA. Para ello, deberán cumplimentar una solicitud disponible en las Oficinas de Correos de España y dirigirla a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la Provincia de Inscripción. 4.- Los españoles residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, en este caso en Colombia Los electores españoles residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, una vez efectuada la convocatoria para las Elecciones y prevean permanece en el extranjero hasta el día de la votación, deberán inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular, sin causar baja en el padrón de su residencia habitual. Posteriormente, podrán solicitar la documentación para votar desde el exterior a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo electoral. El impreso de la solicitud y la documentación pertinente será publicada en tiempo y forma en la página web de este Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (MAEC) durante los procesos electorales y podrán ser descargados por los interesados además de estar disponible en el Consulado General. El elector deberá entregar personalmente la solicitud cumplimentada en la Oficina Consular. Se identificará mediante la exhibición de su DNI o pasaporte español. La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente remitirá a los electores, al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud, por correo certificado, la documentación necesaria para poder emitir su voto. Recibida la documentación, los electores deberán enviar su voto a la Mesa Electoral, por correo certificado a España. Todos los Electores deberán mantener los datos actualizados en el Consulado General de España en Bogotá, por cualquiera de los siguientes medios: — Teléfono (57 1) 6283910 Ext. 340 — Fax: (57 1) 6283939-38 — Correo electrónico: [email protected] — Carta Donde haga constar: — Nombre completo — teléfono — ciudad y domicilio en Colombia — Municipio y Provincia en España — Correo Electrónico — Teléfono celular (móvil) — Fotocopia del DNI o Pasaporte A la siguiente dirección: CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA Sección Censo electoral Calle 94 A Nº 11A – 70 BOGOTA D.C. Fuente: Consulado General de España en Bogotá.
Un Mundo de Migrantes, los grandes movimientos migratorios de las últimas décadas
Quizá recordéis que hace poco os hablaba de Refugee Project, un mapa interactivo que nos muestra y localiza todas aquellas migraciones realizadas por refugiados entre 1975 y el momento presente. Ahora, siguiendo con el tema de las migraciones, descubrimos vía el diario ElPaís un mapa, llamado Un Mundo de Migrantes, que nos muestra los grandes movimientos y migraciones internacionales desde 1990 hasta la fecha. El mapa nos permite seleccionar un país cualquiera del mundo y ver tanto hacia dónde han emigrado sus ex-ciudadanos como ver desde dónde han llegado la mayoría de inmigrantes, recogiendo datos del año 2013. Por ejemplo, vemos que la mayoría de inmigrantes que llegaron a España en ese año procedían de Francia, Reino Unido, Marruecos, Alemania y Argentina, mientras que paralelamente los ciudadanos españoles emigraron hacia países como Estados Unidos, Venezuela, Brasil, Francia, Alemania o Argentina también. Si queremos acceder a más datos al margen de los que desplega el mapa en sí, se nos mostrarán en la parte inferior diversos gráficos y estadísticas incluyendo los principales estados de destino y las principales regiones. Además de tener a nuestra disposición esta información en el año presente, podremos elegir visualizar dichas tendencias en 1990, 2000 y 2010. Aunque es ahora cuando sin duda encontraremos más movimiento: leemos en la misma fuente que, en 2013, 232 millones de personas son migrantes internacionales – 78 millones más que en 1990. Texto escrito en wwwhatsnew.com
Inscripción en el Registro de Matrícula Consular
Certificados del Registro de Matrícula, Cambio de Residencia a otro país o a España Cuando un español cambie de residencia o se traslade temporalmente a otro país, deberá darse de alta en el Registro de Matrícula Consular del Consulado de España que corresponda a su domicilio. Si su traslado es a España, deberá empadronarse en la ciudad de su residencia y obtener su Documento Nacional de Identidad, de no poseerlo, para ello deberá solicitar en el Consulado de España donde realizó su inscripción la correspondiente baja consular y empadronarse en su nuevo destino. Los Españoles que se encuentren inscritos en el Registro Consular podrán solicitar Certificaciones acreditativas de su situación (certificados de residencia, fe de vida, baja consular, según sea su caso). Los españoles que se encuentren en el extranjero deberán inscribirse en el Registro de Matrícula Consular del Consulado General de España o en la Sección Consular de las Embajadas. La inscripción podrá ser como residente o no-residente, la primera se aplicará a la persona que traslada su residencia al extranjero y la segunda a quien se encuentra temporalmente fuera de España. En todo caso, la no inscripción en el Registro de Matrícula Consular no afecta la protección consular que corresponde a los españoles que se encuentren en el extranjero. Los requisitos para la inscripción en el Registro de Matrícula Consular son los siguientes: REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN PARA RESIDENTES FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN PARA RESIDENTES REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN PARA NO RESIDENTES FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN PARA NO RESIDENTES La inscripción en el Registro de Matrícula Consular puede realizarse también a través de las oficinas consulares honorarias. Las personas que han adquirido la nacionalidad española por residencia, han de realizar la insripción, en caso constrario, transcurrido 3 años, perderán la nacionalidad española, por no ejercicio de la misma. EN CUALQUIERA DE LOS DOS CASOS SE RECOMIENDA MANTENER PERMANENTEMENTE ACTUALIZADO EL DOMICILIO EN EL PAIS DE RESIDENCIA.