Matrimonio en el extranjero de español con ciudadano extranjero

Cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España:
  • Ante el juez, alcalde o funcionario señalado por el Código Civil 
  • En la forma religiosa legalmente prevista 

También podrá contraer matrimonio fuera de España con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración. 

Solamente puede celebrarse un matrimonio consular cuando al menos uno de los contrayentes es español y si las leyes y reglamentos del estado receptor no se oponen. 
No puedes casarte en el consulado español del país del que sea nacional tu pareja.
Dicho esto, para que sea válido tu matrimonio en España es necesario que procedas a su registro ante Autoridad Española. Se analizará que vuestro matrimonio no es un “matrimonio por conveniencia”. El REGISTRO se puede hacer de dos maneras: 
a) Registrar el matrimonio en la embajada o consulado de España en el pais de tu pareja (dónde habeis celebrado el matrimonio)
b) Registrar el matrimonio directamente en España en el Registro Civil Central de Madrid o en el Registro Civil de la localidad donde tu estés empadronada. 
CONSEJO: Es mejor hacerlo en la opcion A, es decir en el consulado o embajada española del pais extranjero,debido a que será ella la encargada de supervisar el matrimonio y analizar la legalidad del mismo. Por lo tanto si lo registrais en españa se dilatan los tiempos porque la documentacion se remitirá al consulado del lugar de celebración. Asi que mejor, directamente registrarlo donde lo habeis celebrado.


Documentación para presentar en el Consulado español

Para el español:

* Partida de Nacimiento
* Fe de Estado y soltería
* Certificado de empadronamiento
* DNI original y fotocopia
* PASAPORTE original y fotocopia de TODAS las hojas (aunque estén vacias)
* 2 fotos tamaño carnet

Para el extranjero:

* Acta de nacimiento
* acta de soltería
* Cedula de identificacion original y fotocopia (es decir el equivalente argelino del DNI)
* PASAPORTE original y fotocopia de TODAS las hojas (aunque estén vacias)
* 2 fotos tamaño carnet.

Documentos comunes:

* Formulario de solicitud de inscripcion de Matrimonio debidamente rellenado ( modelo de solicitud que de te dan en la misma embajada).

* Acta de Matrimonio in extensa, legalizada por las autoridades del lugar de celebracion (es decir, el documento que acredite que habeís celebrado el matrimonio de forma legal).


ENTREVISTA PERSONAL Una vez presentados los documentos, os darán cita y hora para que el extranjero se persone en el consulado o embajada para una entrevista personal. Una vez realizada está entrevista te llamarán a ti para que realices la entrevista (si estás en españa, en españa) Otra posibilidad es que al llevar la documentacion exijais que la entrevista sea conjunta si los dos estais allí. Si lo haceis de forma conjunta podeís hacer que no se dilaten tanto los tiempos de espera. 

Una vez hechas las entrevistas serán contrastadas por el Embajador o Consul y decidirá si es aprobado ese matrimonio o no.
Una vez aprobado se os citará para que vayais a recoger el LIBRO DE FAMILIA a partir de aqui ya todo va a ir bien. Ya teneis libro de familia, ya sois un matrimonio con plena validez jurídica en España. A partir de julio de 2014 desaparece el Libro de Familia tal y como lo conocemos.

En el caso de que querais fijar vuestra residencia en España y tu estés en españa el siguiente paso es SOLICITAR VISADO POR AGRUPACION FAMILIAR

DOCUMENTACION A PRESENTAR:

* Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y con fotografia tamaño carnet estampada (lo proporcionan en la embajada este formulario)
* Pasaporte original del extranjero con vigencia mínima de 4 meses y fotocopia de la pagina donde aparecen los datos personales
* equivalente al dni del extranjero
* certificado de empadronmiento del español (lo consigues tu en tu ayuntamiento español y es gratis)
* Libro de familia
* tu DNI o en su defecto fotocopia legalizada (no vale compulsa de la policia española, es necesario que lo selle un notario español).

Una vez presentado la concesion de visado tarda 2-3 semanas. Una vez que tenga la visa, el extranjero ya puede entrar legalmente en españa.

Cuando él llegue a España deberá de presentar el MODELO OFICIAL EX-16 para solicitar la TARJETA DE EXTRANJERO.

1º.- la boda en la forma legal extranjera (que te pedirán a ti y al extranjero nacional de ese pais) documentación para poder casaros. Esa documentación es una documentación específica de la que deberás informarte porque varía según cada pais.

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